Constituido el nuevo Colegio de Consultores

Publicado el 28/11/2024
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Constituido el nuevo Colegio de Consultores

El pasado miércoles, 27 de noviembre, quedó constituido el nuevo Colegio de Consultores que está formado por los siguientes sacerdotes: Adolfo Mariño Gutiérrez, Benito Gallego Casado, Jesús Bayón Rodríguez, Andrés Fernández Díaz, Juan Ignacio García Iglesias, Domingo Ignacio González Álvarez, Pedro Martínez Serrano y Santiago Rancaño Fernández.

El Colegio de Consultores es un órgano que nace después del Concilio Vaticano II y el nuevo Código de Derecho Canónico de 1983, al que el obispo puede acudir para consultar las materias que considere necesarias mientras que hay otras que vienen establecidas en la legislación canónica. En esta legislación «se le atribuyen al consejo funciones muy determinadas en el gobierno de la diócesis como ayuda al Obispo. Este tiene que oír a los consultores para hacer algunos nombramientos importantes, como puede ser el del Ecónomo diocesano. Lo mismo para realizar algunos actos de administración de mayor relevancia», explica Jaime Díaz Pieiga, Canciller-Secretario de la diócesis. «Tiene también otras funciones menos conocidas y que merecen especial atención como puede ser las que le competen si en la diócesis se da el caso de «sede vacante», es decir, si el Obispo fallece, es trasladado a otra diócesis o se le acepta la renuncia por parte del Santo Padre. En estos casos el Colegio de Consultores asume el gobierno de la diócesis hasta la constitución del Administrador diocesano, en el caso de que la Santa Sede no establezca otra cosa. Al mismo tiempo es el colegio el que, en unos días, ha de elegir a ese Administrador diocesano y ayudarlo en determinadas materias de gobierno».

El Colegio de Consultores tiene que estar formado por un mínimo de seis componentes y un máximo de doce, todos ellos elegidos de entre los miembros del Consejo Presbiteral por lo que son, por lo tanto, todos sacerdotes. El Colegio recién constituido está formado por ocho miembros, que formarán parte del mismo por un plazo de cinco años, cuando deberá ser, de nuevo, renovado.